Diputados a punto de ser juzgados
En Venezuela tres diputados estarían a punto de ser juzgados por “traición a la patria”, ante una corte militar.
Con la nueva sentencia del TSJ los 90 diputados que asistieron a la sesión del 21 de marzo de 2017 y aprobaron “el acuerdo sobre la Reactivación del Proceso de Aplicación de la Carta Interamericana de la OEA” están bajo la lupa y podrían ser juzgados en tribunales militares por “traición a la patria”.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en la sentencia número 155, que resuelve el recurso de nulidad sobre el acuerdo aprobado el pasado martes en la Cámara en apoyo a la aplicación de la Carta Democrática Interamericano (CDI) a Venezuela, declaró la nulidad de aquel acto y la inmunidad de los diputados de la Asamblea Nacional.
En la decisión, se insta al presidente Nicolás Maduro a que, a través de la figura de “estado de excepción”, analice la posibilidad de reformar leyes penales para tomar medidas en contra de los legisladores. También se le exhorta a Maduro a que evalué la situación internacional para que tome medidas en contra de la Organización de Estados Americanos (OEA) que este martes realiza en Washington, a petición de 14 países miembros, una sesión extraordinaria del Consejo Permanente donde se evaluará la situación de Venezuela, lo que puede conllevar a que se debata luego la aplicación de la Carta Democrática Interamericana (CDI) al país.
El TSJ alega que el beneficio de la inmunidad se limita “por los actos desplegados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales”, extinguida por el presunto desacato sentenciado por el ente judicial.
De modo que , de acuerdo a la sentencia conjunta de los siete magistrados, se expresa que como la Asamblea Nacional está en “desacato”, los diputados no gozan más de inmunidad. Además, el texto judicial los acusa de “traición a la patria” por haber acordado el apoyo de la aplicación de la CDI a Venezuela. La Sala refirió que entre los delitos en los que pueden haber incurrido los parlamentarios puede haber unos de naturaleza militar y que la inmunidad sólo ampara, conforme a lo previsto en el artículo 200 de la Constitución.
La sentencia establece que en los diputados de la oposición “existe una conducta que desconoce gravemente los valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico, como son la paz, la independencia, la soberanía y la integridad territorial, los cuales constituyen actos de “Traición a la Patria”, como lo ha referido el recurrente”.
Los 90 diputados que asistieron a la sesión y aprobaron “el acuerdo sobre la Reactivación del Proceso de Aplicación de la Carta Interamericana de la OEA” en fecha 21 de marzo de 2017 están entonces bajo la lupa y podrían ser juzgados en un tribunal militar por “traición a la patria”.
El abogado constitucionalista Alberto Arteaga Sánchez, al analizar la sentencia, aclaró que además de declarar la nulidad del acuerdo, “lo que más claro se lee en la sentencia es que se trata de una amenaza de enjuiciamiento final para los diputados de la oposición que lo aprobaron ante la justicia militar”, lo que resultaría inconstitucional ya que los delitos militares solo pueden cometerlo los militares y aquellos son civiles.
Para el especialista, la conclusión lógica es que “en cualquier momento cualquiera de los 90 diputados que hayan aprobado el documento pueden ser detenidos”.
Acotó además que se trata de una ponencia conjunta. “No sabemos quién es el redactor y son tantas las cosas graves que se dice (…)”.
La sentencia solicita que la Sala “…examine la posibilidad de generar un exhorto a los órganos que integran el Consejo Moral Republicano y demás órganos e instituciones del Poder Público Nacional que estime pertinentes, a fin de que se inicie la investigación que determine la responsabilidad penal individual de los diputados y diputadas de la Asamblea Nacional que integran el denominado Bloque de la Unidad, ya que sus actuaciones constituyen un franco desacato a las sentencias y mandamientos de amparo constitucional de este máximo tribunal, además de la comisión del delito de Traición a la Patria, previsto y sancionado en el Código Penal venezolano”.
Por su parte, el abogado Juan Rafalli señaló que llama la atención cómo en pocas horas –tres días hábiles- cosas tan importantes ya tienen una decisión y el pueblo “está esperando desde hace año y medio que se resuelva el caso de los diputados de Amazonas pero eso está engavetado porque es el nicho del desacato”.
Juan Miguel Matheus, diputado a la Asamblea Nacional por el estado Carabobo y constitucionalista expresó que el TSJ también exhorta al Presidente a tomar medidas políticas, económicas, administrativas y militares para salvaguardar el orden interno.
Acerca de esta exhortación, el diputado considera que por el modo en que se usa el término de “conmoción interior” es posible que se esté allanando el camino para que se dicte un estado de excepción. La sentencia le ordena al Presidente a tomar cualquier medida necesaria (civiles, económicas, militares, penales, administrativas, políticas, jurídicas y sociales que estime pertinentes y necesarias para evitar un estado de conmoción) o “garantizar el orden”.
Arteaga acotó que “no hay conmoción nacional” sino que se ha recurrido a una instancia internacional (OEA) que se encuentra garantizada porque en la Constitución están avalados los tratados internacionales de los organismos a los que está suscrito la Nación. “Es un derecho. Quien ejerce un derecho no comete ningún delito”, afirmó.
Rafalli apreció que la decisión “es una manifestación de desesperación ante el acorralamiento internacional. Esto le da una razón más a Almagro”. Considera que el paso es un error pues lo que puede parecer una “excelente amenaza puede ser una pésima realidad”.
“Los bonos de la deuda estallan, los contratos pueden empezar a entrar en entredicho, los mecanismos de financiamiento internacionales comenzarán a trancarse. Incluso las empresas (como Ford, Heinz y Nestlé, entre otras) que ayer en la Expo Potencia firmaron contratos con el Estado tienen reglamentos que les impiden tener relaciones con estados que no respetan los principios democráticos”, dijo.
Por su parte, el secretario de la AN, José Ignacio Guédez, señaló que “con la excusa de garantizar la gobernabilidad y evitar un estado de conmoción, la Sala Constitucional le ordenó al Presidente que tome todas las medidas que considere pertinente en materia penal, jurídica y militar sin pasar por ningún control o limitación”.
Asegura que se trata de “una especie de estado de guerra en el que el Presidente se convierte en un emperador que puede abrirle juicio militar a cualquier ciudadano sin el concurso del Ministerio Público”.
El recurso de nulidad al que respondió el Judicial fue interpuesto por el jefe de la bancada oficialista, Héctor Rodríguez, la semana pasada. La respuesta del TSJ ratifica la nulidad cualquier actuación que ejerza la Asamblea; que la Junta Directiva “nombrada de forma írrita está incurriendo en el vicio de usurpación de funciones contemplado en el artículo 138 constitucional”; que los actos cometidos por los diputados de la Asamblea Nacional en la sesión convocada el día 21 de marzo de 2017, al aprobar el referido “Acuerdo Sobre la Reactivación del Proceso de Aplicación de la Carta Interamericana de la OEA; como mecanismo de resolución pacífica de conflictos para restituir el orden constitucional en Venezuela”; se constituyen en delitos tipificados en el Código Penal, específicamente el de Traición a la Patria, previsto y sancionado en sus artículos 128, 129 y 132.
Ahora que dio el golpe de estado que van hacer los demas paises? Van a permitir otra Cuba en america?
jajajaa…..si no fuera por todo el kilombo que se armo con venezuela ni me entere que la oposicion tenia a 3 representantes procesados por corrupccion por la justicia de las ultimas elecciones…
Hay que avisarle a Maduro que ese es otro elemento mas para convocar nuyevas elecciones. No le tenga miedo a las urnas maduro…llame a nuevas elecciones y yaaaa….
Venezuela acaba de desarmar el parlamento y todavía Uruguay no tomo posicion de lo que pasó, es una verguenza..